EXPERTOS EN DERECHO DE INSOLVENCIA ECONÓMICA LEY 1116 DE 2006
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"PROYECTA FUTURO"
¿ Que es un Acuerdo de Reorganización Empresarial por Ley 1116 de 2006 ?
- Análisis viabilidad admisión acuerdo de reorganización
- Consultoría para admisión acuerdo de reorganización
- Acompañamiento hasta logro de firma del acuerdo
- seguimiento después de admisión al acuerdo
El Acuerdo de Reorganización Empresarial bajo los parámetros de la Ley 1116 de 2006, es una figura legal diseñada para que cualquier empresa en dificultades financieras transitorias y que sea viable, se pueda acoger a este procedimiento, que le da la oportunidad jurídica de blindarse por un tiempo prudencial contra las presiones financieras y ejecutivas de los acreedores en su contra por encontrarse en mora e incumpliendo compromisos adquiridos, lapso durante el cual debe cumplir con requisitos señalados en la Ley y las normas concordantes.
Después de ser admitida a un Acuerdo de Reorganización Empresarial por la Superintendencia de Sociedades, previa solicitud en la que prestamos nuestra asesoría, la empresa debe iniciar un camino para que sus acreedores voten un acuerdo que debe ser aprobado por la mayoría de estos para establecer un Plan de Pago de sus obligaciones en el tiempo, mediante proyecciones financieras, comerciales y operativas que demuestren su viabilidad como producto de la reorganización que al interior deba poner en marcha el deudor para que tales proyecciones resulten viables.
De acuerdo a las proyecciones financieras obtenidas con base en la implementación de argumentos de la reorganización planteada en diferentes áreas del negocio, se votará por parte de la mayoría de los acreedores, que a su vez obliga a disidentes, un Acuerdo de Reorganización Empresarial en que se establecerán nuevas condiciones de plazo, interés y financiación para las vencidas y por vencer con carácter de restructuración financiera, con el fin de hacer viable el negocio y a la vez contar con el tiempo necesario para su recuperación.
Procesos de Admisión a Acuerdos
de Reorganización Ley 1116 de 2006
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Durante el tiempo que dure la ejecución del Acuerdo de Reorganización Empresarial firmado, ningún acreedor podrá iniciar o continuar acciones jurídicas para el cobro de las obligaciones a su favor mientras este se esté cumpliendo y si lo hace solo puede llegar hasta la antesala de la ejecución, lo cual garantiza tranquilidad financiera y jurídica para la empresa por el blindaje que le otorga la Ley para su recuperación.
Las principales ventajas para esta etapa crucial en la vida de las empresas, aparte del blindaje jurídico, están dadas por el tiempo prudencial y necesario para honrar las acreencias en mora que puede contemplar incluso períodos de gracia y la disminución de la carga financiera con menores intereses remuneratorios que se puedan pactar. Con este importante soporte el deudor entra en una etapa nueva que le permite con tranquilidad poder cumplir con los compromisos adquiridos con sus acreedores.
Nuestra Consultoría Empresarial Especializada en este campo se traduce, en primer término, en determinar si la empresa que quiere acogerse a este procedimiento cumple con los requisitos de Ley para ser admitida por la Superintendencia de Sociedades o la autoridad competente. En caso afirmativo, y en segundo término, consolidar un proyecto que demuestre fehacientemente que está en capacidad, bajo ciertas condiciones de plazo, período de gracia, disminución de costo financiero y reacomodamiento estructural interno de cumplirle a sus acreedores honrando los créditos que le fueron concedidos y que por diversas circunstancias no ha podido pagar como estaban inicialmente pactados.
El proyecto de reorganización se presenta entonces ante la superintendencia de sociedades para que esta entidad determine la viabilidad de la admisión al proceso concursal, situación que debe producirse si se cumplen todos los requisitos exigidos en la ley 1116 de 2006. A partir de ese momento en que se produzca la admisión, a su vez se dan todos los efectos que dicha ley contempla y se inicia de esta manera formalmente el proceso de reorganización empresarial.
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